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Ampliación de la Licencia de Maternidad y Salas de Lactancia

  • 6 ene 2017
  • 1 min de lectura

El presidente Santos sancionó dos leyes que modifican los artículos 236, 238 y 239 del Código Sustantivo del Trabajo, para ampliar la licencia de maternidad y crear salas de lactancia en las empresas. Con respecto a la Ley 1822 del 2016, sobre la ampliación de la licencia de maternidad, se aumentará de 14 a 18 semanas en el caso de la madre, con respecto al padre la licencia se mantiene en ocho días. Cabe recordar que en caso de parto múltiple la licencia se ampliará dos semanas más y en caso de muerte de la madre el empleador del padre le concederá una licencia de duración equivalente al tiempo que le faltaba a la madre. Por otro lado, en la también sancionada Ley 1823 del 2016 se ordenó la creación de espacios denominados salas amigas de la familia lactante, para entidades públicas y privadas cuyos capitales sean iguales o superiores a 1.500 salarios mínimos ($1.106.575.500 pesos para el año 2017) y cuenten con más de 50 empleadas. Las organizaciones deberán adecuar sus instalaciones para que las mujeres en periodo de lactancia puedan extraer la leche materna. De igual forma, se deberá acondicionar un espacio para su conservación, bajo normas técnicas de seguridad supervisadas por Minsalud. Habrá un plazo de dos años para realizar las adecuaciones físicas necesarias para entidades publicas y empresas privadas con mas de 1.000 empleados, y las empresas privadas con menos de 1.000 empleados contarán con cinco años para cumplir con esta exigencia.

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